PROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA LA PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN INTEGRAL DE NIÑAS Y ADOLESCENTES FRENTE A LA VIOLENCIA SEXUAL Y LA COERCIÓN REPRODUCTIVA

  • Crea el Sistema Nacional de Protección Integral (SNPIVEF) para prevenir, atender y sancionar la violencia sexual, el embarazo forzado y la coerción reproductiva contra menores de edad.
  • Establece rutas de atención diferenciadas, confidenciales e inmediatas para niñas y adolescentes víctimas, con enfoque en no revictimización y atención integral en salud, justicia, educación y protección.
  • Tipifica y agrava delitos como el aborto forzado, la coerción reproductiva y el feminicidio en adolescentes embarazadas, imponiendo sanciones máximas a responsables y encubridores.
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Nueva iniciativa agregada

Iniciativa

Ley de Centros de Visitas Supervisadas y Unidades Forenses Familiares (Reforma a la Ley 136-03)

Enfoque, desarrollo y objetivos clave

Enfoque: Esta ley adopta un enfoque eminentemente preventivo para atacar la violencia vicaria, definida como la instrumentalización de los hijos para infligir dolor a la madre, una táctica reconocida como un predictor de feminicidios y un factor de riesgo letal. Se busca llenar el vacío legal existente entre la sanción penal (que actúa después de la tragedia) y la protección efectiva de niños, niñas y adolescentes (NNA) durante los procesos de custodia y visitas en contextos de violencia intrafamiliar. La prioridad es garantizar el interés superior del niño, privilegiando su derecho a la vida, la integridad y el bienestar emocional.

Desarrollo: La reforma introduce dos mecanismos institucionales clave en el sistema de protección de la niñez:

(i) Centros de Visitas Supervisadas (CVS): Se crean como espacios físicos seguros, neutrales y especializados, adscritos a CONANI, donde se realizarán los encuentros entre los NNA y el progenitor no custodio cuando existan antecedentes de violencia. Estos centros contarán con personal multidisciplinario (psicólogos, trabajadores sociales) y protocolos estrictos para evitar el contacto entre el agresor y la víctima adulta, monitoreando la interacción para garantizar la seguridad del menor;

(ii) Unidades Forenses Familiares (UFF): Se establecen como organismos técnicos de apoyo judicial, compuestos por equipos de expertos (psicólogos forenses, pediatras, trabajadores sociales). Su función es realizar evaluaciones de riesgo objetivas e integrales en casos de violencia familiar, emitiendo informes periciales que serán vinculantes para los jueces a la hora de decidir sobre la custodia o el régimen de visitas, recomendando la modalidad más segura para el menor.

Objetivo : El objetivo fundamental es salvar vidas y evitar traumas irreparables en la niñez, impidiendo que el régimen de visitas sea utilizado como un arma para coaccionar, controlar o dañar a la madre o a los propios hijos. Se busca transformar el sistema judicial familiar para que, ante cualquier indicio de violencia, la seguridad prevalezca sobre el derecho de visita tradicional, asegurando que ninguna decisión judicial exponga a un menor a un riesgo previsible de abuso, secuestro o, en el peor de los casos, filicidio.

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