Propuesta De Reforma Integral "Déjala Ir" Para Incluir Sanciones A Quienes Ejerzan Violencia Política De Género Y Favorecer La Reintegración De Mujeres Víctimas De Violencia (Reforma A La Ley No. 33-18)
Ley contra la Violencia Política de Género (Reforma Ley 33-18)
Desarrollo: La reforma introduce un marco normativo específico dentro de la ley de partidos con cuatro pilares:
(i) Tipificación y Sanción: Define explícitamente la violencia política por razón de género y establece un catálogo de sanciones político-electorales, como la cancelación de candidaturas, multas, y la inhabilitación temporal para ocupar cargos públicos para quienes la ejerzan;
(ii) Obligaciones Internas: Exige a todos los partidos políticos la creación de protocolos internos para prevenir, atender y sancionar el acoso y la violencia política, con mecanismos de denuncia confidenciales y protección para las víctimas;
(iii) Inhabilitación de Agresores: Establece que ninguna persona con sentencia definitiva por delitos de violencia de género (feminicidio, violencia intrafamiliar, agresión sexual, etc.) podrá ser candidata a cargos de elección popular ni ocupar directivas en los partidos.;
(iv) Financiamiento y Capacitación: Obliga a los partidos a destinar un mínimo del 10% de su financiamiento público a programas de formación, liderazgo y promoción de la participación política de las mujeres, y establece la capacitación obligatoria en género y no violencia para toda su dirigencia y candidaturas.
Objetivo: El objetivo es garantizar una competencia electoral libre de violencia y blindar la calidad de la representación democrática.
Al sancionar la violencia política y obligar a los partidos a ser espacios seguros, se busca eliminar una de las principales barreras que enfrentan las mujeres para acceder y mantenerse en posiciones de poder, fomentando así una participación política más equitativa y sustantiva.